¿Qué es un derivado en un caso de inmigración?
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¿Qué es un derivado en un caso de inmigración?
En el contexto de inmigración, un derivado se refiere a una persona que puede beneficiarse de un caso de inmigración presentado por un miembro de su familia.
Un derivado puede ser un cónyuge, hijo menor de 21 años, padre o hermano de un ciudadano estadounidense o residente permanente.
Por ejemplo, si un ciudadano estadounidense presentó una petición de inmigración para su cónyuge, el cónyuge puede ser el solicitante principal, y los hijos menores de 21 años pueden ser derivados.
Esto significa que si el cónyuge es aprobado para la residencia permanente, los hijos menores también serán elegibles para recibir la residencia permanente.
Es importante tener en cuenta que los derivados no son los solicitantes principales del caso de inmigración y no tienen que cumplir con todos los requisitos del solicitante principal.
Sin embargo, deben cumplir con ciertos requisitos específicos para ser elegibles para el beneficio de inmigración.
En resumen, el término «derivado» se refiere a un familiar de un solicitante principal de inmigración que puede recibir el mismo beneficio del proceso de inmigración que el solicitante principal, aunque no sea el solicitante principal.
Esto es importante porque si un miembro de la familia tiene la oportunidad de arreglar su situación migratoria, puede ayudar a otros miembros de su familia a obtener beneficios migratorios también.
¿La visa U puede ayudar a su familia y los derivados?
En el caso de la Visa U, sí puede ayudar a los familiares como derivados. Los dependientes que pueden ser incluidos en una solicitud de Visa U son limitados y dependen de la edad y el estado civil del solicitante principal.
En general, los cónyuges e hijos menores de 21 años pueden ser incluidos como dependientes en una solicitud de Visa U.
El proceso de inclusión de dependientes en una solicitud de Visa U puede ser complejo, y dependerá de las circunstancias individuales de cada caso.
Sin embargo, si el solicitante principal es aprobado para la Visa U, sus dependientes también podrán recibir la Visa o ser incluidos en la misma solicitud.
La Visa U puede ayudar a los familiares como derivados, pero los dependientes que pueden ser incluidos son limitados y dependen de las circunstancias de cada caso.
Si la víctima es ciudadana, ¿La visa U puede ayudar a los derivados?
Si la víctima de un delito es ciudadana y califica para la Visa U, es posible que sus padres también puedan solicitar una visa como víctimas indirectas del delito.
Es importante tener en cuenta que esta posibilidad depende de varios factores, como la edad de la persona que sufrió el delito y la relación familiar de los dependientes.
En algunos casos, los hermanos menores de edad también pueden ser incluidos como dependientes en la solicitud de la Visa U.
En general, es importante consultar con un abogado de inmigración para evaluar cada caso en particular y determinar las opciones disponibles para los dependientes de la víctima.
No tema en hablar con la policía cuando le pregunten por sus papeles
Cada ciudad o agencia de policía puede tener diferentes políticas en cuanto a preguntar por el estatus migratorio de una persona al momento de reportar un delito.
En general, la mayoría de las fuerzas policiales no preguntan por el estatus migratorio de una persona en una situación de emergencia o delito, ya que su prioridad es mantener la seguridad y ayudar a las víctimas.
A veces pueden hacer preguntas sobre el estatus migratorio de una persona en el proceso de brindar recursos y ayuda a las víctimas, como por ejemplo en el caso de la Visa U, que es un beneficio para las víctimas de delitos que han colaborado con la policía en la investigación.
Es importante recordar que si una persona inmigrante es víctima de un delito o vive una situación de emergencia, no debe tener miedo de hablar con la policía y reportar lo que ha sucedido, independientemente de su estatus migratorio.
De esta manera, se puede obtener la ayuda necesaria y, en algunos casos, incluso recibir beneficios adicionales.
¿En qué casos hay derivados?
La mayoría de los casos de inmigración tienen la posibilidad de incluir dependientes o beneficiarios.
Por ejemplo, en casos de Asilo, Visa U, Visa T para víctimas de tráfico humano, el programa VAWA para víctimas de violencia doméstica, y Peticiones Familiares, se pueden incluir dependientes o beneficiarios.
Incluso, en algunos casos de ciudadanía, como cuando un residente se convierte en ciudadano, sus hijos menores de edad también pueden obtener automáticamente la ciudadanía.
Existen casos muy limitados en los que no se pueden incluir dependientes o beneficiarios. Por lo tanto, si usted está en proceso de inmigración, es recomendable que consulte con un abogado de inmigración para determinar si puede incluir dependientes o beneficiarios en su solicitud.
¿La edad importa en los derivados?
En la mayoría de los casos de inmigración, es posible incluir a dependientes o beneficiarios en la solicitud.
Por ejemplo, en el caso del programa VAWA para personas que han sufrido de violencia doméstica, es posible incluir a dependientes o beneficiarios en la solicitud. Además, ciertas Peticiones Familiares también permiten incluir a dependientes o beneficiarios.
La edad del beneficiario o derivado puede influir en la elegibilidad y en los requisitos para solicitar ciertos beneficios migratorios.
En el caso de la ciudadanía, la edad del hijo o hija del residente puede ser un factor determinante en si se puede obtener la ciudadanía automáticamente o no.
Por lo tanto, es esencial que las personas que buscan ayuda en temas migratorios revisen cuidadosamente los requisitos específicos de cada tipo de beneficio migratorio y las condiciones aplicables a los dependientes o beneficiarios para determinar si la edad es un factor relevante.
¿Los hijastros pueden ser derivados en la aplicación de asilo?
Según la ley de inmigración, los hijastros son tratados de manera igualitaria a los hijos biológicos en términos de elegibilidad para los beneficios migratorios.
Esto significa que los hijastros pueden ser incluidos como derivados en las solicitudes de asilo, siempre y cuando se cumplan los requisitos específicos de elegibilidad.
Es importante tener en cuenta que, al igual que con los hijos biológicos, los hijastros deben cumplir con ciertos criterios para ser considerados elegibles para los beneficios migratorios.
El matrimonio entre el padre o la madre y el padrastro o madrastra debe haber ocurrido antes de que el hijastro cumpla los 18 años para ser considerado elegible.
¿Qué responsabilidades tienen los derivados y los beneficiados?
Una vez que se aprueba el beneficio para el solicitante principal y sus derivados o beneficiarios, estos tienen la responsabilidad de mantener su estatus legal en los Estados Unidos y cumplir con todas las leyes y regulaciones federales y estatales.
También deben mantener sus documentos de inmigración actualizados y válidos en todo momento.
Además, si un derivado o beneficiario cambia su dirección o información personal, debe informar a las autoridades correspondientes dentro del plazo establecido.
Los derivados y beneficiarios también pueden ser responsables de sus propios procesos de inmigración si desean solicitar un beneficio en el futuro.
Por lo tanto, es fundamental que se mantengan en contacto con abogados de inmigración calificados y experimentados para obtener asesoramiento y orientación adecuados en todo momento.
¿Un beneficiario puede elegir quién puede ser un derivado?
Se debe asesorar al aplicante principal sobre las consecuencias de no incluir a ciertos beneficiarios o derivados en la solicitud de inmigración, y si es posible, incluirlos en una etapa posterior del proceso.
En algunos casos, la exclusión de un beneficiario o derivado puede afectar la elegibilidad del aplicante principal para ciertos beneficios de inmigración.
¿Un derivado puede forzar a un beneficiario a ser parte de su visa?
Un derivado no tiene el poder de forzar a un beneficiario a ser parte de su Visa. La decisión de incluir o no a un beneficiario es responsabilidad del aplicante principal o beneficiario y no puede ser impuesta por un derivado.
Cada persona tiene derecho a decidir si desea o no ser parte del proceso de inmigración y no puede ser obligada a hacerlo en contra de su voluntad.
En caso de que tenga preguntas adicionales sobre su proceso migratorio, su derivado, o su caso específico, puede ponerse en contacto con nosotros al (855) 502-0555. Después de una breve evaluación de 10 minutos de su caso por teléfono, le haremos saber qué opciones tiene. También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para no perderte nuestras emisiones semanales en Facebook, YouTube y Twitch.