Patrocinar A Sus Empleados Para Obtener La Residencia Permanente – Green Card En EE.UU.
U.S. Permanent Residency/Green Card Based On Employer Sponsorship
Por lo general, hay tres pasos que un empleador debe seguir para patrocinar a un empleado para que éste obtenga la residencia permanente:
- Reclutar para el puesto para el que el empleador quiere contratar al extranjero;
- Presentar el formulario ETA 9089, Solicitud de Certificación Laboral Permanente, a través del sistema de Gestión de Revisión Electrónica de Programas (Program Electronic Review Management – PERM) del Departamento de Trabajo; y
- Presentar el formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero, en la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos
Después de que el empleador reciba la notificación de que su Formulario I-140 ha sido aprobado, el siguiente y último paso es que el extranjero presente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Cuando se apruebe el formulario I-485 del empleado, se le expedirá una tarjeta de residencia permanente, comúnmente conocida como Green Card.
Primer Paso – Reclutamiento Pre-PERM
Antes de presentar el formulario ETA 9089, Solicitud de Certificación Laboral Permanente, hay varias acciones que el empleador debe llevar a cabo. Por ejemplo, el empleador debe obtener una determinación del salario predominante de una Agencia Estatal de Mano de Obra (State Workforce Agency – SWA), y el empresario debe también llevar a cabo la contratación de acuerdo con estrictas directrices técnicas emitidas por el Departamento de Trabajo de EE.UU.
Determinación De Los Salarios Vigentes
El empresario debe ofrecer al extranjero el 100% del salario vigente para el puesto. El empleador debe obtener una determinación del salario vigente por parte de la SWA que tiene jurisdicción sobre el lugar de empleo propuesto. La información proporcionada por el SWA debe incluirse en la solicitud de certificación laboral PERM que el empleador presenta al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.
Si el empleador no está de acuerdo con la determinación del salario predominante de la SWA, puede proporcionar una encuesta salarial pública o privada o su propia encuesta salarial para el puesto. La encuesta salarial proporcionada por el empresario debe ser aceptada por la SWA. Si la SWA no acepta la encuesta salarial del empleador, éste puede apelar la determinación del salario prevaleciente de la SWA ante un Funcionario de Certificación (Certifying Officer – CO) del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Las decisiones del CO pueden ser apeladas ante la Junta de Apelación de Certificación Laboral para Extranjeros (Board of Alien Labor Certification Appeals – BALCA).
Directrices De Contratación
Antes de presentar el formulario ETA 9089, Solicitud de Certificación Laboral Permanente, el empleador está obligado a reclutar para el puesto de trabajo para el que desea contratar al extranjero. Los requisitos de contratación difieren para las ocupaciones «profesionales» y «no profesionales».
La contratación para un puesto profesional requiere que el empleador:
- Publique el anuncio del puesto internamente;
- Realice una orden de trabajo de 30 días con la SWA;
- Anuncie el puesto en dos anuncios dominicales en un periódico de circulación general; y anuncie en al menos a tres de los siguientes:
- El sitio web del empleador;
- Programa de recomendación de empleados, si dicho programa incluye un incentivo para que los empleados recomienden candidatos para el puesto;
- Sitios web de búsqueda de empleo profesional;
- Agencias privadas empleo;
- Publicaciones comerciales o profesionales;
- Anuncios de radio y televisión;
- Ferias de empleo durante los 6 meses anteriores;
- Periódicos locales y étnicos, si son apropiados para el puesto;
- Contratación en el campus; o
- Anuncios de la oficina de colocación del campus, si el puesto requiere una titulación pero no experiencia.
Aunque el empleador no está obligado a presentar los resultados de la contratación con su solicitud de certificación laboral PERM, el empleador debe conservar la documentación de sus esfuerzos de contratación durante cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación laboral PERM. Toda la documentación debe conservarse.
Segundo Paso – Certificación laboral PERM
Por lo general, el empleador debe demostrar al Departamento de Trabajo de EE.UU. que el puesto que pretende cubrir con el extranjero que está aplicando para la Green Card es uno para el que no hay suficientes trabajadores estadounidenses cualificados. El empresario también debe demostrar que el empleo del extranjero no afectará negativamente a los salarios de los trabajadores empleados de forma similar en Estados Unidos. El proceso de hacer presentar éstas pruebas al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos se denomina solicitud de certificación laboral PERM.
Para solicitar la certificación laboral PERM, los empleadores deben utilizar el sistema PERM del Departamento de Trabajo de Estados Unidos. En el sistema PERM, las solicitudes de certificación laboral pueden presentarse por correo o electrónicamente. Sin embargo, el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos recomienda encarecidamente que todos los empleadores presenten sus solicitudes por vía electrónica. Los empresarios deben acceder al Sistema Permanente en Línea del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos para registrarse y crear una cuenta. El Departamento de Trabajo de EE.UU. exige que los empleadores completen éste proceso por sí mismos. Un abogado no puede configurar la cuenta PERM de un empleador.
El sistema PERM intentará verificar la existencia de cualquier empleador que intente registrarse. Si el sistema no puede verificar la existencia del empleador, el Departamento de Trabajo de EE.UU. le pedirá que suministre información adicional para completar la verificación.
El sistema PERM creará un Número de Identificación Personal (Personal Identification Number – PIN) sólo para el empleador. El empleador podrá entonces crear subcuentas para su(s) abogado(s). A continuación, el abogado puede acceder a la subcuenta del empresario para llenar y presentar las solicitudes a su nombre.
Un CO revisará la solicitud de certificación laboral PERM del empleador y la certificará o denegará. A menos que la solicitud de certificación laboral PERM sea seleccionada para ser auditada por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, los empleadores que presenten sus solicitudes electrónicamente a través del sistema PERM pueden esperar recibir una decisión dentro de los tres meses siguientes a la fecha de presentación de la misma.
Si el empleador quiere apelar la decisión del CO, éste debe solicitar una revisión por BALCA dentro de los 30 días de que la misma es tomada.
Tercer Paso – Formulario I-140, Petición De Trabajador Extranjero
Una vez que el empleador recibe la notificación de que la solicitud de certificación laboral PERM ha sido aprobada, debe presentar el formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero, ante la Oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services – USCIS) en un plazo de seis meses. El empleado puede presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus I-485 al mismo tiempo que el empleador presenta la Petición I-140. Sin embargo, debido al Retroceso de Visa, esto no siempre es posible, y el empleado tendrá que esperar para presentar su Solicitud de Ajuste de Estatus I-485 hasta que la fecha de prioridad del empleado se actualice. La fecha de prioridad de un empleado es la fecha en que se presentó la solicitud de certificación laboral PERM del empleador. En los casos en que la certificación laboral tradicional no era necesaria, la fecha de prioridad de un empleado es la fecha en que el empleador presenta la Petición I-140.
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