Fianza de inmigración

Fianza Bufete De Abogados De Inmigracion En Austin

Objetivo de las fianzas de inmigración

Una persona que está bajo la custodia del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (Immigration and Customs Enforcement – ICE) está siendo detenida y se le llama detenido.

No todos los detenidos pueden ser puestos en libertad bajo fianza. En función de su situación migratoria y/o de sus antecedentes penales, algunas personas pueden ser objeto de detención obligatoria. Una persona sometida a detención obligatoria debe luchar contra la deportación desde dentro de la detención.

Las personas que creen que son elegibles para una fianza pero no pueden reunirse con un abogado de inmigración en Austin deben escribir a la Corte de Inmigración y solicitar una «Audiencia de Joseph» para demostrar que no cumplen con los requisitos para la detención obligatoria.

Al igual que las fianzas estatales y federales, las de inmigración están diseñadas para garantizar la comparecencia del detenido en todas las audiencias ante la Corte de Inmigración. Las fianzas de inmigración se pierden inmediatamente (se abandonan) si el detenido no se presenta a una audiencia requerida.

Audiencias de fianza de inmigración

Por lo general, las personas que no son «extranjeros recién llegados», delincuentes o terroristas pueden aplicar a una fianza.

Por lo general, cuando usted es detenido por el ICE, su fianza será fijada por dicha entidad. A veces el ICE puede liberarle bajo su propio «reconocimiento». Esto significa que no tiene que pagar una fianza. Incluso si no tuvo que pagar una para ser liberado, debe presentarse a todas las audiencias ante la Corte de Inmigración.

Si el ICE no le fija un valor, puede solicitar una audiencia de determinación del mismo con un Juez de Inmigración. No tiene que esperar a que el ICE emita un Aviso de Comparecencia (Notice to Appear – NTA): puede solicitarla tan pronto como sea detenido.

Si el ICE fija su fianza en una cantidad que usted considera demasiado alta, puede solicitar una audiencia de redeterminación del valor de la misma con un Juez de Inmigración. Pero debe tener cuidado al solicitar esta audiencia: el juez de inmigración puede restablecer el valor en una cantidad superior a la fijada por el ICE.

Para determinar el importe de su fianza, el Juez de Inmigración suele tener en cuenta estos aspectos:

  • Fianza De Inmigracion Abogados En Austin Cerca De MiSus lazos familiares en Estados Unidos;
  • Sus antecedentes penales;
  • Su empleo;
  • Su capacidad financiera para pagar;
  • Su pertenencia a organizaciones comunitarias;
  • Cómo llegó a Estados Unidos y cuánto tiempo lleva en el país;
  • Si ha cometido algún acto inmoral o ha participado en actividades subversivas; y
  • Su elegibilidad de no ser expulsado.

El Juez de Inmigración no puede fijar un valor inferior a $1.500 dólares. Esto significa que si se establece uno para usted, éste será de al menos $1.500 dólares. Después de que el Juez de Inmigración fije su fianza (o decida que no tiene derecho a una), puede apelar la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.

Si, después de la audiencia de redeterminación de la fianza, sigue sin estar de acuerdo con el importe de la misma, puede solicitar otra audiencia de redeterminación. Sin embargo, sólo puede solicitar otra audiencia si sus circunstancias han cambiado significativamente desde su última audiencia.

Su caso de fianza es independiente de su caso de inmigración. Sin embargo, incluso si sale en libertad bajo fianza, debe presentarse a todas las audiencias ante la Corte de Inmigración.

Opciones para pagar las fianzas de inmigración

Hay dos opciones para pagar la fianza de un detenido.

  1. Fianza en efectivo – Ésta puede pagarse directamente al ICE. La fianza en efectivo debe pagarse en efectivo, con un giro postal, con un cheque de caja o con bonos o billetes estadounidenses. Después de que el detenido haya asistido a todas las audiencias requeridas ante la Corte de Inmigración, el dinero se devuelve a la persona que pagó la fianza.
  2. Fiador de Inmigración – La segunda opción es pagar la fianza utilizando los servicios de un fiador de inmigración. El fiador de inmigración cobra una tarifa no reembolsable por la gestión de la fianza (la persona que paga la tarifa no reembolsable no recuperará el dinero). Las primas (coste) de los bonos de inmigración pueden oscilar entre el 15 y el 20 por ciento del importe de la fianza total fijada por el gobierno. Por lo general, el coste depende del tipo de garantía utilizada. La garantía es lo que se da para asegurar la fianza. Algunos ejemplos de garantías son los autos, las casas, las tarjetas de crédito y las acciones.

Tipos de fianzas de inmigración

Los dos tipos de fianzas de inmigración son:

  1. Fianza de Entrega – Una persona que es detenida por el ICE y a la que se le emite una Orden de Detención (Formulario I-205) y un Aviso de Condiciones de Custodia (Formulario I-286) puede ser elegible para una fianza de entrega.
  2. Fianza de Salida Voluntaria – Si a una persona se le concede la salida voluntaria, se le permite salir de los Estados Unidos voluntariamente después de haber sido puesta en proceso de deportación (o en lugar de ser puesta en proceso de deportación). Una persona a la que se le haya concedido la salida voluntaria puede tener que pagar una fianza para garantizar que saldrá de Estados Unidos en el plazo requerido.

Si usted o un ser querido necesita ayuda con su caso de inmigración en Austin, ¡contacte a la abogada Kate Lincoln-Goldfinch hoy!

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