Convención Contra La Tortura

Ley de asilo de EE.UU. – Protección en virtud de la convención contra la tortura

Aplicar para de protección en virtud de la convención contra la tortura

Convencion Contra La Tortura Abogados Austin Mejores Abogados

Si usted cree que va a ser torturado si le obligan a regresar a su país de origen, puede solicitar la protección de la Convención Contra la Tortura (Convention Against Torture – CAT). No existe una solicitud formal para presentar una petición de CAT, pero hay una casilla en el formulario I-589, Solicitud de Asilo y Retención de Expulsión, que puede marcar si desea solicitar la protección de CAT.

A diferencia de las solicitudes de asilo y retención de expulsión, una solicitud de la CAT no requiere que demuestre que será torturado por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado u opinión política.

El criterio para la protección de la CAT es el mismo que para la Retención de Deportación: debe demostrar que es «más probable que sí suceda a que no» que sea torturado si se le obliga a regresar a su país de origen.

Definición de tortura según la ley de inmigración de EE.UU.

La legislación estadounidense define la tortura como «todo acto por el cual se inflige intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidarla o coaccionarla a ella o a un tercero, o por cualquier razón basada en la discriminación de cualquier tipo».

Para poder acogerse a la protección de la Convención Contra la Tortura, la tortura debe ser realizada por el gobierno o a petición de éste, o con su permiso o acuerdo.

Diferencias entre el CAT y el asilo y la retención de deportación

La protección de la CAT difiere en aspectos importantes del asilo y la retención de deportación:

Si ha cometido un delito grave, puede solicitar la protección del CAT. Los delitos graves suelen descalificarle para solicitar el asilo o la retención de deportación.

Si solicita la protección de la CAT, no tiene que demostrar que su tortura se debe a su religión, raza, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado. Sin embargo, la tortura debe ser realizada por un funcionario del gobierno o con su permiso.

Si solicita la protección de la CAT, debe demostrar que el daño que probablemente sufrirá si le obligan a regresar a su país de origen se ajusta a la definición de «tortura». Para obtener el asilo y la retención de deportación, debe demostrar que el daño que probablemente sufrirá si se ve obligado a regresar a su país de origen se califica como «persecución».

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