Recientemente escribí un artículo para el boletín de la Asociación de Abogados de Austin, que ha sido premiado como el Mejor Boletín General. El Colegio de Abogados de Austin recibió el Premio al Mérito por sus contribuciones generales a la comunidad.
El artículo de mi autoría ganó el premio a la Mejor Serie Sustantiva, presentado por el Colegio de Abogados del Estado. Es un orgullo y un privilegio formar parte de este grupo. Felicitaciones a todos los demás abogados que también fueron premiados.
Actualización sobre los problemas recientes de la ley de inmigración
En enero, el presidente Trump emitió tres órdenes ejecutivas relacionadas con la inmigración tituladas «Mejoras en la Implementación de la Seguridad Fronteriza e Inmigración» (25 de enero de 2017), «Mejorando la Seguridad Pública en el Interior de los Estados Unidos» (25 de enero de 2017), y «Protegiendo a la Nación de la Entrada de Terroristas Extranjeros a los Estados Unidos» (27 de enero de 2017).
Un mes más tarde, el Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security – DHS) publicó dos memorandos en los que se describía cómo se aplicarían esas órdenes: «Aplicación de las Leyes Migratorias para Servir el Interés Nacional» (20 de febrero de 2017) y «Implementación de las Políticas de Mejora del Presidente Respecto a la Seguridad Fronteriza e Inmigración» (20 de febrero de 2017). La prohibición de viajar ordenada en «Protegiendo a la Nación de la Entrada de Terroristas Extranjeros a los Estados Unidos» fue la que más repercusión tuvo en los medios de comunicación debido a la caótica aplicación en los aeropuertos estadounidenses. A los titulares de visas y a los residentes permanentes legales de los siete países vetados (Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen) se les negó la entrada y se les detuvo, a los refugiados se les rechazó o no se les permitió entrar, y abogados y manifestantes acudieron en masa a los aeropuertos para prestar su ayuda.
Aunque no son tan llamativas, las dos órdenes restantes son más radicales y proponen un cambio abismal en la aplicación de la ley migratoria en Estados Unidos. Los memorandos esbozan un plan para aplicar la deportación masiva ampliando en gran medida las prioridades de aplicación de la ley para incluir esencialmente a todas las personas indocumentadas en Estados Unidos, ya que incluyen a personas que no han sido condenadas por ningún delito, pero que han cometido los elementos de un delito, lo que incluye la entrada ilegal. Esto supone un cambio en las prioridades de la administración Obama, que daba prioridad a los delincuentes y a las personas con condenas por delitos menores importantes. Los memorandos también pretenden ampliar los centros de detención remotos, en su mayoría gestionados por empresas privadas con ánimo de lucro, pidiendo que se contraten más agentes de orden público y dificultan la obtención de la protección ofrecida por el asilo.
El cambio más severo es el plan para comenzar a aplicar la Deportación Expedita (Expedited Removal) a cualquier persona detenida en el interior de Estados Unidos que no pueda demostrar a satisfacción de un funcionario del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (Immigration and Customs Enforcement – ICE) que ha estado en Estados Unidos durante más de dos años. La Deportación Expedita es un procedimiento que permite a un funcionario del Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security – DHS) en resumen expulsar a un no ciudadano sin una audiencia ante un juez de inmigración. Véase 8 U.S.C. Código de los Estados Unidos
(United States Code) § 1225(b)(1). Hasta la fecha, sólo se ha aplicado de acuerdo a la regulación a los recién llegados a la frontera -personas que entraron en el país menos de 14 días antes de su aprehensión o que son aprehendidas a menos de 100 millas de la frontera. El plan de órdenes ejecutivas y memorandos se aplicará ahora a cualquier no ciudadano que sea detenido en el interior de los EE.UU. Un funcionario del ICE puede realizar una Deportación Expedita en 24 horas.
Lo que esto significa es que incluso el padre indocumentado de hijos ciudadanos de EE.UU., tal vez con una esposa ciudadana de EE.UU., que es detenido por el ICE en Austin podría ser deportado en un día – sin el debido proceso, sin el derecho a llamar a su familia, llamar a su abogado, o ver a un juez – si no tiene pruebas en el momento de su detención que demuestren que ha residido en los EE.UU. durante más de dos años. Evidentemente será necesario que los inmigrantes indocumentados lleven consigo, en todo momento, pruebas de su estancia en Estados Unidos durante más de dos años si esperan que se les aplique el debido proceso en sus procedimientos de deportación.
Si tiene preguntas sobre su caso de inmigración, desea conocer más sobre nuestro premio en el Colegio de Abogados o si un ser querido ha sido detenido, llámenos. (855) 502-0555. También puede contactarnos mediante el siguiente enlace.