¿Cómo solicitar asilo en EE.UU.?
Requisitos para obtener asilo en Estados Unidos
En general, todas las personas -independientemente de su estatus migratorio- pueden solicitar asilo. Si ya está en proceso de deportación, debe presentar su solicitud de asilo al Juez de Inmigración asignado a su caso.
Esto se llama una solicitud de asilo defensiva porque su solicitud de asilo sirve como defensa contra la deportación de los Estados Unidos. Si no está ya en proceso de expulsión y quiere solicitar de asilo, debe presentar su solicitud de asilo a la Oficina de Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Esto se llama una solicitud de asilo afirmativa.
Una persona que obtiene asilo se denomina asilado, y hay muchos beneficios que conlleva ser asilado. Por ejemplo, si usted es un asilado, puede traer a su cónyuge e hijos menores de 21 años a Estados Unidos. Al cabo de un año, el asilado puede solicitar la residencia permanente en Estados Unidos y, eventualmente, solicitar la ciudadanía estadounidense.
Solicitud de asilo afirmativa
Si no está en proceso de deportación y no se le ha denegado previamente el asilo o se le ha emitido una orden de expulsión, puede presentar una solicitud afirmativa de asilo. Para presentar una solicitud afirmativa, debe enviar su solicitud de asilo por correo al gobierno. Si su solicitud de asilo fue presentada correctamente, recibirá una notificación confirmando que su solicitud ha sido aceptada para su tramitación.
El siguiente aviso que recibirá será para una cita de huellas dactilares para usted y cualquier cónyuge o hijo suyo que se encuentre en Estados Unidos y haya sido incluido en su solicitud. La siguiente notificación que recibirá después de la de las huellas dactilares será la que le indique la fecha, hora y lugar de su entrevista de asilo.
Por lo general, recibirá la decisión del funcionario de asilo en un plazo de tres semanas a partir de la fecha de la entrevista. Si el oficial de asilo le ha concedido el asilo, se le enviará una tarjeta I-94, Arrival/Departure Card, que muestra que ha ganado el asilo en los Estados Unidos. La forma I-94 es la prueba de su estatus migratorio de asilado válido y puede utilizarse para solicitar un documento de seguridad social y de autorización de empleo.
En la mayoría de los casos, si el funcionario de asilo no le concede el asilo, su solicitud de asilo será remitida a un Juez de Inmigración. Puede «renovar» su solicitud de asilo ante el Juez de Inmigración. Esto significa que el Juez examinará de nuevo su solicitud para ver si cumple los requisitos para el asilo, y tendrá la oportunidad de contarle lo que le ocurrió en su país de origen y por qué tiene miedo de volver.
Después de revisar su solicitud de asilo y escuchar su testimonio y el de los testigos o expertos que le representen, el juez de inmigración le concederá o denegará su solicitud de asilo. Si se le concede el asilo, se le expedirá una tarjeta I-94, de llegada/salida, que demuestra que ha obtenido el asilo en Estados Unidos.
La tarjeta I-94 es la prueba de su estatus migratorio de asilado válido y puede utilizarse para solicitar un documento de seguridad social y de autorización de empleo. Si le deniegan el asilo, puede apelar la decisión del juez de inmigración ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Sin embargo, las apelaciones ante la BIA son muy difíciles de ganar, y usted debe hacer todo lo posible para ganar su caso de asilo, ya sea ante el oficial de asilo o el juez de inmigración.
Al igual que las solicitudes de asilo defensivas, las solicitudes afirmativas de asilo deben presentarse en el plazo de un año desde la fecha de su llegada a Estados Unidos. Si solicita el asilo más de un año después de la fecha de su llegada, debe demostrar que «circunstancias extraordinarias» le impidieron presentar su solicitud de asilo a tiempo. Es muy difícil cumplir la prueba de las «circunstancias extraordinarias».
Demostrar que es un refugiado
Si solicita asilo, usted debe demostrar que es un refugiado. Esto significa que tiene que demostrar que no quiere o no puede regresar a su país de origen debido a una persecución pasada o a un temor «bien fundado» de persecución futura por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado u opinión política.
Es posible que no tenga derecho al asilo si el gobierno puede demostrar que ha vivido de forma segura en otro país y ha sido aceptado como residente permanente en él después de huir de su país de origen y antes de venir a Estados Unidos.
La carga de la prueba para el asilo
Para que se le conceda el asilo, debe demostrar que existe una «probabilidad razonable» de que sea perseguido si se le obliga a regresar a su país de origen.
También debe demostrar que tiene un temor fundado tanto «objetivo» como «subjetivo» a una futura persecución.
Para demostrar que tiene un temor objetivo de persecución, debe demostrar que una persona razonable en sus circunstancias temería ser perseguida. A veces, esto puede demostrarse aportando pruebas de las condiciones del país: informes del Gobierno y de las noticias sobre la situación en su país.
Para demostrar que tiene un temor subjetivo de persecución, debe demostrar que su temor es auténtico.
El asilo es siempre discrecional. Esto significa que el juez de inmigración debe decidir que usted es merecedor de asilo tras comprobar que cumple los requisitos de elegibilidad.
Estatus de asilado/refugiado
Si ha sido admitido en Estados Unidos como refugiado o si se le ha concedido el estatuto de asilado en Estados Unidos en los dos años anteriores, puede solicitar las prestaciones de seguimiento para su cónyuge o sus hijos solteros menores de 21 años. Esto también se conoce como «estatus derivado» porque su cónyuge e hijos derivarán su estatus de asilo del suyo.
Para solicitar el estatus de derivado para su cónyuge e hijos, tendrá que presentar el formulario I-730, Petición de Refugiado|Asilado. Deberá llenar una solicitud distinta para su cónyuge y otra para cada uno de sus hijos. Por lo general, debe presentar el formulario I-730, Petición de Refugiado|Asilado, en un plazo de dos años a partir de la fecha en que recibió el estatus de asilado o refugiado (este plazo puede ampliarse por razones humanitarias).
Una vez que tenga el estatus de asilado o refugiado, podrá trabajar en Estados Unidos. Sin embargo, tiene que presentar el formulario I-765, Solicitud de Documento de Autorización de Empleo, y recibir un Documento de Autorización de Empleo antes de poder empezar a trabajar.
Los asilados y refugiados también pueden viajar fuera de Estados Unidos. Sin embargo, deben tener un Documento de Viaje para Refugiados válido para volver a entrar a los Estados Unidos. Puede solicitar uno presentando el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.
Kate Lincoln-Goldfinch tiene experiencia en la aplicación de casos de asilo para clientes de Austin.
Esta página sirve como un recurso para los abogados de inmigración de Austin y los defensores sobre cómo solicitar Asilo en Austin.