Residencia Permanente En EE.UU. Basada En El Empleo

La residencia permanente basada en el empleo es una de las vías más comunes que utilizan los inmigrantes para obtener la tarjeta de residencia. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos tiene directrices sobre las diferentes categorías de residencia permanente y cómo solicitar cada una de ellas.

Una tarjeta de residencia permanente basada en el empleo o green card es el billete de un ciudadano extranjero para poder vivir y trabajar en los Estados Unidos de forma permanente. En la mayoría de los casos, este privilegio incluye al cónyuge y a los hijos del inmigrante. Para muchos, también es un paso necesario para conseguir la ciudadanía.

Hay tres categorías de preferencia para la tarjeta de residencia basada en el empleo que se basan en las cualificaciones profesionales de las personas:

  • Primera Categoría (EB-1)

Las personas que entran en esta categoría se denominan comúnmente trabajadores prioritarios. Se trata de extranjeros que demuestran habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el deporte. También incluye a los profesores e investigadores que demuestran un rendimiento sobresaliente en sus respectivos campos. La categoría también incluye a los ejecutivos y directivos de determinadas empresas multinacionales.

Las personas que entran en esta categoría no han alcanzado cualquier tipo de logro. Tienen que demostrar que han sido aclamados a nivel nacional o internacional en reconocimiento de su experiencia.

Para ello, deben presentar a) pruebas de haber recibido un premio único e importante de reconocimiento internacional, como un premio Nobel de la Paz, o b) cualquiera de los tres criterios siguientes:

  • Prueba de haber recibido un premio menor pero a nivel nacional o internacional.
  • Prueba de pertenencia a una asociación en su campo de especialización que exija a sus miembros logros sobresalientes.
  • Prueba de que una publicación o medio de comunicación importante ha publicado material sobre el solicitante.
  • Prueba de que se les ha asignado o solicitado que juzguen el trabajo de otros.
  • Documentación de sus contribuciones a sus campos y que estas contribuciones son ideas originales.
  • Copias de los artículos académicos que hayan escrito y publicado en las principales publicaciones comerciales.
  • Pruebas de que su trabajo ha sido presentado en exposiciones de arte.
  • Pruebas de que han desempeñado funciones de liderazgo en organizaciones destacadas.
  • Presentar documentos que corroboren que exigen un salario más alto en comparación con otros que trabajan en el mismo campo.
  • Prueba de su éxito en las artes escénicas.
  • Los profesores o investigadores de esta categoría deben demostrar su excelencia académica aportando dos de los siguientes criterios:
  • Prueba de que han recibido premios importantes por sus destacados logros.
  • Prueba de que son miembros de asociaciones que exigen a sus miembros logros sobresalientes.
  • Documentación que demuestre que su trabajo ha sido objeto de publicaciones profesionales.
  • Prueba de que han participado solos o en un panel para juzgar el trabajo realizado por otros en el mismo campo académico.
  • Pruebas de contribución o estudios científicos o académicos en su campo.
  • Documentación de que han escrito libros o artículos publicados en revistas internacionales en su campo de especialización.

Proceso De Aplicación Para Tarjeta De Residencia Para Visas EB-1

Las personas que reclaman una capacidad extraordinaria pueden rellenar directamente el formulario I-140, la Petición de Trabajador Extranjero, y solicitarlo por sí mismas. Los que alegan ser profesores e investigadores destacados, así como ejecutivos y directivos de multinacionales, necesitan que un empleador estadounidense presente el formulario por ellos. Junto con la petición, el empleador estadounidense tiene que aportar pruebas de que tiene la capacidad de pagar continuamente los salarios del trabajador extranjero. Pueden utilizar cualquier documento financiero, como las declaraciones de la renta o un informe anual.

Los familiares de los titulares de Visas EB-1 que solicitan la residencia pueden solicitar la entrada en Estados Unidos cuando se haya aprobado la petición del trabajador extranjero. El cónyuge deberá solicitar el estatus de inmigrante E-14 y los hijos menores de 21 años son elegibles para el estatus de inmigrante E-15.

  •  Segunda Categoría (EB-2)

Las personas que tienen Visas de segunda categoría pueden optar a tarjetas de residencia permanente basadas en el empleo. Esta categoría incluye a los ciudadanos extranjeros que tienen títulos avanzados, los que demuestran una capacidad excepcional en un campo calificado, y los que se les concede la exención de interés nacional.

Título Avanzado

Esto significa que una persona con un título superior o su equivalente extranjero está solicitando un trabajo que requiere su formación particular. Este equivalente extranjero significa tener un título de bachillerato con 5 años de experiencia de postgrado en el campo.

El trabajador extranjero debe acreditar esta titulación avanzada aportando alguno de los siguientes documentos:

  1. Documentación que demuestre que tiene un título superior estadounidense. Un ejemplo de ello es el expediente académico oficial de la persona.
  2. Si tiene el equivalente en el extranjero con cinco años de experiencia después del bachillerato, puede presentar su expediente académico oficial junto con cartas de antiguos empleadores que atestigüen que tiene los cinco años de experiencia requeridos en su campo.

Capacidades Excepcionales

Las personas con capacidades excepcionales en las ciencias, las artes o los negocios son aquellas cuya experiencia en su campo cualificado es superior a la de una persona normal.  Para demostrar sus aptitudes, deben cumplir al menos tres de los siguientes criterios:

  • Expedientes académicos oficiales que demuestren que el trabajador extranjero tiene un título de una institución de enseñanza superior.
  • Cartas de los empleadores que indiquen que tienen no menos de 10 años de experiencia en su profesión.
  • Su licencia profesional para ejercer en el campo.
  • Pruebas de que han obtenido un salario superior al de otros trabajadores de la misma profesión en vista de su capacidad excepcional.
  • Prueba de que son miembros de una asociación profesional.
  • Reconocimiento público por parte del gobierno, sus colegas o asociaciones profesionales, de sus logros y contribuciones en sus respectivos campos.
  • Otras pruebas similares o comparables a las mencionadas anteriormente.
  • Exención por interés nacional

La mayoría de las categorías de inmigración basadas en el empleo requieren una Certificación Laboral. En algunos casos, el extranjero que busca la residencia permanente solicita que se le exima de la certificación laboral porque tiene habilidades que pueden beneficiar en gran medida a los Estados Unidos. Los beneficiarios de la exención son elegibles para la residencia permanente bajo la segunda categoría de preferencia. Esto se debe a que suelen estar cualificados a través de los criterios de capacidad excepcional.

  •  Tercera categoría (EB-3)

Individuos que caen bajo esta categoría son trabajadores expertos, profesionales y otros trabajadores que califiquen.

Trabajadores Expertos

Se consideran trabajadores cualificados aquellos que tienen un mínimo de dos años de educación, formación o experiencia laboral. Deben poder demostrarlo con documentación aceptada. La educación y la experiencia deben ajustarse a las calificaciones del trabajo que solicitan. Es importante que no haya trabajadores estadounidenses cualificados que puedan realizar el trabajo.

Profesionales

Personas que tengan una licenciatura estadounidense o su equivalente en el extranjero. A diferencia de las categorías de preferencia anteriores, no es necesario demostrar un rendimiento académico excepcional. Lo importante es que el título cumpla con los requisitos del puesto y que éste no pueda cubrirse por falta de trabajadores cualificados en Estados Unidos.

Trabajadores No Cualificados

El término trabajadores no cualificados se refiere a las personas que pueden realizar trabajos no cualificados o que requieren menos de 2 años de formación o experiencia. Esto es diferente del trabajo temporal no cualificado, ya que en esta categoría el trabajo es permanente y no estacional.

Las tres subcategorías de la categoría EB-3 necesitan una certificación laboral y una oferta de trabajo permanente y a tiempo completo.

  •  Cuarta Categoría (EB-4)

Esta categoría de residencia permanente basada en el empleo incluye a los inmigrantes especiales que cumplen ciertos requisitos. La lista incluye lo siguiente:

Trabajadores Religiosos

Esto se refiere a los ministros o no ministros que realizan un trabajo religioso remunerado a tiempo completo. El programa para vocaciones religiosas no ministeriales que permitía a los no ministros convertirse en residentes permanentes hasta el 3 de diciembre de 2021 fue prorrogado por el gobierno estadounidense. A los que ya se encuentran en EE.UU. en calidad de tales se les ha dado hasta el 18 de febrero de 2022, en lugar del 3 de diciembre de 2021, para solicitar la residencia permanente.

Los ministros y sus familiares directos no se ven afectados por la fecha de expiración.

Para que un ministro pueda optar al estatus especial de inmigrante, debe formar parte de una confesión religiosa que dirija una organización real sin ánimo de lucro en EE.UU. durante un mínimo de 2 años antes de presentar la solicitud. También es necesario que busquen entrar en el país para trabajar como ministro remunerado en esa confesión religiosa. Por remunerado, se entiende trabajar al menos 35 horas semanales con una remuneración asalariada o no asalariada.

El ministro debe venir a EE.UU. a trabajar para la organización religiosa sin ánimo de lucro de buena fe en el país. También se considera el hecho de trabajar para una organización legal asociada a una secta religiosa del país.

Otro caso en el que se considera que la persona es elegible es cuando han trabajado como no ministros en el extranjero o en EE.UU., para las organizaciones mencionadas anteriormente, después de los 14 años. Deben haber trabajado de forma continuada durante al menos 2 años antes de solicitar la tarjeta de residencia.

Jóvenes Inmigrantes Especiales

Un menor de edad que viva en Estados Unidos y que haya requerido la protección de un tribunal de menores debido a los abusos, el abandono o la negligencia de uno de sus padres puede optar a una Green Card.

Es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • El menor debe ser menor de 21 años en el momento de presentar la petición de Inmigrante Juvenil Especial.
  • Debe estar viviendo en los Estados Unidos en el momento de la presentación.
  • La persona no debe estar casada ni haberse casado anteriormente.
  • Debe tener una orden judicial de buena fe de un tribunal estatal de EE.UU. que declare oficialmente al menor como dependiente del tribunal. En la orden debe constar que el tribunal ha considerado que el menor ha sufrido abusos, abandono o negligencia por parte de uno de sus progenitores y que no puede reunirse con uno o ambos progenitores. El tribunal también debe declarar en la orden que devolver al menor a su país de origen no es lo mejor para él.

Debe haber pruebas de que la orden del tribunal de menores estaba justificada por la situación y no se buscaba simplemente para obtener el estatus de inmigrante. Tiene que haber un consentimiento por escrito proporcionado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos si el menor está actualmente bajo su custodia o si el tribunal también ordena el cambio de custodia o colocación.

Otros Individuos Calificados Bajo La Categoría EB-44

  • Los locutores no ciudadanos que vienen a EE.UU. a trabajar para la Agencia de Medios de Comunicación Global de Estados Unidos. Esta subcategoría tiene un límite de 100 Visas al año.
  • Algunos oficiales retirados o empleados actuales de una organización internacional G-4 reconocida por Estados Unidos, o empleados civiles de la OTAN-6 y sus familias.
  • Algunos empleados del gobierno estadounidense en el extranjero, junto con la familia del primero.
  • Miembros de las fuerzas armadas estadounidenses.
  • Empleados de la compañía del Canal de Panamá o trabajadores del gobierno de la Zona del Canal.
  • Médicos cualificados que hayan trabajado en EE.UU. como médicos desde el 9 de enero de 1978.
  • Nacionales de Afganistán o Irak que hayan trabajado para el gobierno estadounidense como intérpretes en el extranjero.
  • Nacionales de Irak que hayan trabajado para el gobierno estadounidense.
  • Afganos que hayan trabajado para el gobierno estadounidense o para la Fuerza Internacional de Asistencia a la Seguridad.
  •  Quinta Categoría (EB-5)

La categoría EB-5 abarca el Programa de Inmigrantes Inversores. A través de este programa, los inversores y sus cónyuges e hijos solteros pueden optar a la residencia permanente. Estos inversores deben cumplir los siguientes requisitos

  • Deben invertir en un negocio en los Estados Unidos.
  • Dichos negocios deben ser capaces de proporcionar al menos 10 puestos de trabajo a tiempo completo y a largo plazo para trabajadores estadounidenses cualificados para el puesto.
  • Las peticiones presentadas a partir del 21 de noviembre de 2019 deben basarse en una inversión mínima de 1.800.000 dólares en un área de alto empleo. El requisito mínimo para invertir en un área de empleo específico o bajo es de 900.000 dólares.

No hay requisito de certificación laboral para las peticiones de inversionistas inmigrantes.

Recursos De Visa Por Empleo

Contacta Un Abogado Para Hablar De Tu Visa Por Empleo En Estados Unidos

    Aviso legal: Ponerse en contacto con nosotros a través de los formularios y el teléfono del sitio web no crea una relación abogado-cliente.

    Al facilitar un número de teléfono y enviar este formulario, acepta que nos pongamos en contacto con usted por SMS. Pueden aplicarse tarifas de mensajes y datos. Puede responder STOP para no recibir más mensajes.

    Cómo Encontrarnos

    Oficina De Austin
    Lincoln-Goldfinch Law

    1005 E 40th St
    Austin, TX 78751

    Oficina De Waco

    Lincoln-Goldfinch Law

    1616 Austin Avenue, Suite A
    Waco, TX 76701
    Solo Con Cita

    Austin y Waco
    Llame o Escriba: (855) 502-0555
    Fax: (512) 323-9351