Exención por interés nacional en la categoría EB-2
Propósito de las exenciones por interés nacional
Las exenciones por interés nacional están disponibles para las personas que entran en la categoría EB-2 – «miembros de las profesiones con títulos avanzados o extranjeros con capacidades excepcionales». Por lo general, esta categoría requiere el patrocinio del empleador y la certificación laboral. Sin embargo, el gobierno no exigirá ambos requisitos si su trabajo es de «interés nacional».
ventajas
Puede solicitarla usted mismo.
- No tiene que solicitarla usted mismo necesariamente: su empleador puede firmar y presentar su solicitud de exención por interés nacional.
- No se exige la certificación laboral.
- No se requiere una oferta de trabajo permanente.
- Más rápido y flexible que el proceso de certificación laboral.
Desventajas
- Es muy difícil obtener una Exención por Interés Nacional.
- Menos predecible que el proceso de certificación laboral.
- Las personas que solicitan una Exención por Interés Nacional deben pertenecer a una de estas dos categorías:
- Personas con una capacidad excepcional que puedan demostrar que su trabajo es de interés nacional.
- Médicos que ya se encuentran en Estados Unidos y que han aceptado puestos para ejercer en zonas médicamente desatendidas o para la Administración de Veteranos.
Trabajo de interés nacional – Categoría 1
Aunque las leyes de inmigración no definen qué tipo de trabajo es de «interés nacional», las decisiones del gobierno sobre las solicitudes de Exención por Interés Nacional sugieren que su trabajo es de interés nacional si:
- Busca un empleo en un área de gran mérito intrínseco;
- El beneficio de su trabajo será de alcance nacional; y
- El interés nacional se vería perjudicado si se exigiera una certificación laboral.
- Puede demostrar que su trabajo es de interés nacional si su trabajo:
- Mejora la economía de Estados Unidos;
- Mejora los salarios y las condiciones laborales de los trabajadores estadounidenses;
- Mejora la educación y los programas para los niños estadounidenses y los trabajadores poco cualificados;
- Mejora la atención sanitaria;
- Proporciona más viviendas asequibles;
- Mejora el medio ambiente de Estados Unidos y hace un uso más productivo de los recursos naturales; o
- Es solicitado por un organismo gubernamental interesado.
Médicos – Categoría 2
Los médicos que trabajan en zonas con escasez de servicios médicos o para la Administración de Veteranos tienen derecho a una Exención por Interés Nacional.
Si es usted médico y quiere solicitar una Exención por Interés Nacional, debe:
- Aceptar trabajar a tiempo completo en un área médicamente subatendida o para la Administración de Veteranos;
- Presentar una declaración de una agencia federal o de un departamento de salud pública estatal que indique que su trabajo es de interés público;
- Trabajar durante un total de cinco años (sin incluir el tiempo que haya estado con una visa J-1); y
- Completar sus cinco años de trabajo dentro de los seis años siguientes a la fecha de su autorización de empleo o a la fecha de aprobación de su Formulario I-140, Petición de Inmigración para Trabajadores Extranjeros.
Si va a iniciar su propio consultorio en un área médicamente subatendida, tendrá que presentar una declaración jurada de que va a ejercer a tiempo completo en el área de la medicina clínica durante los cinco años requeridos y describir los pasos que ha dado para iniciar su consultorio.
Si tenía una visa J-1 que le permitía entrar en Estados Unidos para recibir formación médica, tendrá que presentar pruebas de que ha obtenido una exención del requisito de dos años de residencia en el extranjero.
Solicitar una exención de interés nacional
Para solicitar una Exención por Interés Nacional, debe presentar el formulario I-140, Petición de Inmigración para Trabajador Extranjero, el formulario ETA 750B, Declaración de Cualificaciones del Extranjero, y toda la documentación de soporte.
La documentación de soporte es muy importante en las solicitudes de Exención por Interés Nacional y debe incluir:
- Cartas de expertos en su campo de trabajo o estudio que describan la importancia de su trabajo;
- Una lista de sus trabajos publicados;
- Citas de sus trabajos publicados;
- Pruebas de presentaciones en conferencias;
- Pruebas de premios y becas;
- Pruebas de becas de investigación;
- Artículos de prensa que destaquen sus logros; y
- Cualquier otra prueba de su experiencia y prominencia en su campo de trabajo o estudio.
Tras la aprobación de su Formulario I-140 y la Exención por Interés Nacional, puede presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Estatus. Sin embargo, su solicitud de ajuste de estatus no será aprobada hasta que cumpla el requisito mínimo de trabajo para su Exención por interés Nacional.
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