Qué Hacer Después Que Tu Visa Juvenil Fue Aprobada
”El Show Sin Fronteras”
El Show De Hoy
Bienvenidos a nuestro Show Sin Fronteras, como es de costumbre nuestros anfitriones Karla y Fidel estarán charlando con nuestras queridas guardianas legales, en esta ocasiones les traemos a la abogada Jackie y a la abogada Kate.
Estaremos continuando un tema que a muchos les ha parecido de gran interés, y es acerca de cómo en la actualidad la comunidad inmigrante menor de edad puede arreglar en los Estados Unidos a través de la Visa Juvenil o Asilo Juvenil.
Aquellos jóvenes que salen de su país de origen a luchar, a seguir sus sueños y optar por una vida mejor, reencontrarse con sus seres queridos o familia en los Estados Unidos, son el tema que queremos conversar, para descubrir juntos cómo pueden obtener beneficios dentro de los Estados Unidos.
Estaremos platicando de cómo pueden ayudarles a sus hijos a obtener estos beneficios o este camino que es el Asilo Juvenil.
¿Qué Pasa Si Me Aprueban Mi Asilo Juvenil?
Cuando ya nosotros tenemos este asilo aprobado, normalmente éstas son las primeras preguntas que surgen: ¿Qué pasa después? ¿Cuál es el beneficio que recibo cuando meto mi proceso de asilo y me dicen que ya se aceptó? ¿Qué es lo primero que se acepta con la Visa Juvenil?
Nuestra abogada Jackie nos dice: »Hay un límite de Visas que el Gobierno nos da cada año, entonces hay una línea de espera pero después de que la Visa esté disponible empezamos la solicitud para la residencia permanente.
Primero tiene que llegar nuestra solicitud y luego es que tendremos la residencia.»
Beneficios De La Residencia
Cuando tenemos la residencia ¿Qué beneficios vienen con esta residencia?
Jackie nos comenta: »Con la residencia la persona no va a tener la necesidad de renovar el permiso de trabajo cada año».
La residencia es el único documento que necesitarás para demostrar tu elegibilidad, para trabajar junto con tu seguro social.
Una persona con residencia puede viajar fuera de los Estados Unidos con el pasaporte de su país de origen, y eso es un beneficio muy importante.
Para nuestros clientes esto es especialmente bueno, porque a las personas que no han podido ver a sus familiares en muchos años y siempre han hablado con una abogada antes de salir del país para evaluar si hay algún riesgo o hay un castigo, cualquier problema, pero en general claro que una persona con residencia puede viajar, y después de 5 años con la residencia permanente, el aplicante puede solicitar su ciudadanía americana.
Todos los residentes permanentes deben consultarse primero con un abogado antes de viajar afuera de los Estados Unidos solo para ver si hay un riesgo a la hora de realizar el viaje, y así poder prepararnos legalmente».
¿Qué Ocurre Si No Me Aprueban El Asilo?
Muchos de nuestros clientes nos llaman a nuestra oficina y nos dicen que pueden ser considerados como fraudulentos para los Estados Unidos cuando piden asilo, y tienen mucho miedo de regresar a su país de origen. ¿Hay algún problema si regresan? ¿La edad afecta si regresan a su país de origen y a los Estados Unidos para cuando ya está con la residencia?
Jackie nos dice: »Para las personas con la Visa Juvenil aprobada al recibir su residencia no hay restricción, porque las personas aprobadas pueden visitar su país de origen.
Ya un refugiado o solicitante de asilo que le está diciendo al Gobierno de los Estados Unidos que no puede regresar a su país de origen por persecución por ejemplo, es diferente a la Visa Juvenil.
No es buena idea regresar a tu país de origen a vivir de manera permanente pero sí, claro que puedes viajar y visitar o realizar vacaciones en cualquier lugar».
¿Puedo Regresar A Mi País Si Tengo Asilo?
Esta pregunta va para nuestra abogada Kate: ¿Qué pasa si la persona no se consultó con un abogado? La persona salió y de regreso un agente de migración le dice «tu residencia permanente ya no tiene efecto porque visitaste tu país de origen».
¿Cuál sería la mejor recomendación que pudiera haber en esa situación para esa persona?
Nuestra abogada Kate nos dice: »Para aclarar, un residente permanente que no tenga arrestos y no tenga ningún tipo de fraude, no debe Child Support, no tiene ninguna orden de arresto o algo así y quiere viajar por menos de seis meses, no debe tener problemas regresando al país ni siquiera con Border Patrol, y también los que recibieron residencia permanente por asilo también, después de tener residencia permanente pueden ir y visitar sus países de origen, pero deben consultarlo con un abogado antes.
Digamos que si que alguien con residencia permanente lleva un antecedente penal, tiene una sentencia por violencia doméstica, por manejar ebrio, por cualquier cosa, lo que puede pasar es que en el momento cuando regresen, pueden ser interrogados y a veces puestos en proceso de deportación, de quitarles la residencia o de haber abandonado su residencia.
Puede ser un proceso muy estresante en el momento cuando estás en el aeropuerto con Border Patrol, pero también hay que presentarse a una audiencia para defender tu estatus.
Lo más importante es que si alguien tiene preocupaciones por su historia o por cualquier cosa en su caso, sería mejor consultar antes de irse o antes de regresar, por lo menos para tener un plan para saber cuáles son los riesgos de haber viajado con su residencia y con su caso específico.».
Diferencias Entre Residencias De Asilo Y Otras
Muchas personas tienen la confusión de que esta residencia que obtienen por parte del asilo no es igual a las otras residencias. ¿Es verdad o es mentira? ¿Hay una diferencia entre ellas? Porque por ejemplo, una cliente nuestra nos llamó para preguntarnos si ella podía vacunarse al tener la residencia por asilo.
Kate nos comparte: »Hay muchas preguntas por contestar, pero con esta pregunta primero que nada, el requisito de las vacunas aplica a todas las personas que están pidiendo residencia permanente por haber tenido asilo, por un caso familiar, por un caso de empleado, etc. Todos los que están arreglando por el Consulado o están ajustando su estatus migratorio en los Estados Unidos.
Los que están pidiendo residencia permanente por primera vez tienen que hacerse el examen médico, y un requisito de ese examen es tener la lista de vacunas completa, que ahora incluye la vacuna por COVID-19.
No importa la manera en cómo se está arreglando, pero esto va también para las personas que quieren visitar a los Estados Unidos en la actualidad.
Las personas que ingresen como turistas tienen que probar que han recibido la vacuna del COVID-19, personas que están ingresando al país con una Visa, y alguien que ya tiene residencia permanente y quiera viajar, debe revisar cuáles son las pólizas en este momento sobre los ciudadanos o residentes permanentes.
Cualquier persona va a tener diferentes pólizas dependiendo el país que quieran visitar, por ejemplo, en Costa Rica se requiere un Negative Test contra el Covid para poder visitar ese país, y para regresar depende del momento y la póliza en plazo durante ese viaje.
Para todas las personas que tienen planes de viajar para navidad o año nuevo por ejemplo, deben saber antes de irse cuáles son los requisitos para salir y para ingresar nuevamente.
En respuesta a la otra pregunta, sí hay diferencias entre los tipos de residencia permanente, y la respuesta es un poco complicada, pero en general cuando alguien ya tiene residencia permanente y tiene su Green Card, todos los derechos son iguales.
También las consecuencias de ser arrestado o detenido son iguales.
No importa en la manera de cómo arregló la persona, pero para personas que están arreglando a residente permanente hay diferentes requisitos y castigos dependiendo en la manera de arreglar.’’
Tenemos una pregunta de nuestra audiencia para Jackie que dice lo siguiente: ¿Cuánto tiempo dura mi estatus de refugiado ya aquí en el país?
Nuestra abogada Jackie nos comparte: ‘’Eso significa que tiene 1 año antes de calificar para solicitar la residencia, así que depende en cuánto tiempo tarde el procedimiento de ajuste de estatus para la residencia.
Ahora desafortunadamente está bastante retrasado en mi opinión, porque hay personas que recibieron su asilo o refugio hace alrededor de 4 años y solicitaron la residencia 1 año después de la aprobación del estatus y todavía está pendiente esa solicitud.»
En el tiempo que está pendiente esta respuesta de la residencia ¿Tienen algún permiso de trabajo, algún beneficio o algo?
Jackie nos dice: »Sí claro, las personas obtienen su permiso de trabajo y lo pueden renovar continuamente al otro año, pero esto es una pena en mi opinión, y el Gobierno debería hacer algo para adelantar todos los casos pendientes porque son residencias donde nadie se tiene que preocupar por la fecha de vencimiento del permiso de trabajo.
Después de pagar los honorarios y tarifas migratorias, van a obtener su protección.»
Deportaciones Y Refugiados
Otra pregunta que nos están realizando dice: ¿Pueden detenerme y deportarme al tener estatus de refugiado?
Jackie nos dice: »Si una persona que tiene el estatus de refugiado es arrestado por cualquier motivo, el Gobierno sí puede detener a la persona, porque cualquier persona que no tenga ciudadanía puede ser arrestado y detenido en cualquier momento si hay un problema con la ley, y cualquier cosa que haga que sea considerada un delito.»
Diferencias Entre Asilo Y Refugio
La semana pasada estuvimos charlando acerca del asilo, que si se perdía o si no llegaba exitosamente el asilo, ¿las personas corrían el riesgo al final de ser deportadas?
Nuestra queridísima abogada Kate nos platica: »Voy a decirle algo a las personas que siempre nos acompañan, y es que estamos hablando de muchos temas y es importante darles la definición de cada tipo de caso, porque puede ser un poco complicado y confuso.
Un refugiado es una persona que recibió su estatus fuera de los Estados Unidos, quizás vivió en un campamento en Pakistán, pasó por los procesos de las entrevistas y la solicitud, recibió su estatus e ingresó al país como refugiado.
Refugiados
Esas personas pueden ser refugiados el tiempo que quieran, porque pueden renovar su estatus de refugee cada año durante toda su vida, aunque después del año pueden hacer la solicitud de residente permanente y así obtener su Green Card.
Ya cuando pasen unos años también pueden pedir la ciudadanía, pero no es necesario.
En resumen, pueden quedarse con el estatus de refugiados por toda la vida, pueden hacerse residentes permanentes y quedarse así por toda la vida o pueden pasar por el proceso de ser ciudadano americano, eso es un refugiado.
Asilo
En cambio, una persona que pidió asilo es una persona que vino a los Estados Unidos sin estatus, vino cruzando el puente pidiendo protección, o cruzó y fue agarrado, pasó la entrevista de miedo creíble y luego ganó su caso de asilo con inmigración.
Estas personas también pueden tener ese estatus migratorio toda la vida renovando su permiso de trabajo, pero también pueden hacer su solicitud para ser residentes permanentes y también tienen la oportunidad de obtener la ciudadanía americana.
El 3er tipo de caso está un poco involucrado en el tema de hoy, que son las Visas Juveniles, en inglés es Special Immigrant Juvenile Visa, y ese es el programa para niños menores de 18 años de edad en Texas que han sido abandonados o abusados por un padre o una madre, ya esto es un caso diferente de asilo.
Muchas personas usan los términos Asilo Juvenil, Visa Juvenil o Refugiados como palabras que significan lo mismo, pero de hecho un Refugiado es diferente a una persona que pidió Asilo, que también es diferente a una Visa Juvenil.»
Asilo Y Extradiciones
Otra pregunta que nos realiza nuestra querida audiencia, es la siguiente: ¿Qué pasa con alguien que ha solicitado asilo y se le otorgó, pero el país de donde escapó solicita que los Estados Unidos traiga a la persona de regreso? ¿Qué pasa con esa persona que tiene asilo?
Kate nos dice: »No he trabajado con este tipo caso, pero me imagino que cuando los Estados Unidos ha dado protección a una persona pidiendo asilo o que está pidiendo asilo y está en proceso, nuestro país no va a regresar a esa persona a su país, pero de hecho es es un caso que yo no he tenido todavía, y tendríamos que estudiar su caso detalladamente.»
Barras Permanentes Y Sus Condiciones
Una pregunta más que nos realizan desde nuestras redes es esta: Si alguien tiene castigo y salió de los Estados Unidos pero regresó, ¿el castigo cuenta cuando salió o la persona tendrá otro castigo?
Kate nos comenta: »Pienso que está hablando sobre el castigo permanente que de hecho no es permanente, pero ese castigo va a aplicar a personas que llevan una deportación o llevan más de un año sin permiso en los Estados Unidos y van y tratan de regresar sin permiso.
La situación más común es cuando alguien por ejemplo entró en el año 1998 se quedó en el país sin ser agarrado, se quedó 2 años, salió a visitar a sus familiares y luego regresó sin permiso.
Esa persona lleva un castigo permanente, ¿Qué quiere decir? que si quiere arreglar por un familiar, tiene que salir de los Estados Unidos por 10 años y luego pedir un perdón para regresar, y pienso que ese es el castigo del que está preguntando, pero hay muchos tipos de castigos y cada vez es diferente, cada tipo de caso tiene otras pólizas sobre qué perdones están disponibles para pelear.
Los castigos por ejemplo en casos de la Visa U, la Visa T que son para víctimas de delitos o víctimas de tráfico de humanos, sí es posible perdonar casi todos los castigos, incluyendo el castigo permanente, así que solo cuando alguien sabe que tiene un tipo de castigo no es la historia completa de su caso, tenemos que saber también sus opciones para ver si hay manera o estrategia de defender o perdonar ese castigo.
Por eso siempre es necesario consultar directamente con nosotros sobre tu caso específico, porque queremos revisar todo lo que esté a nuestro alcance para ayudarlos.»
Mi Asilo Está Demorando ¿Qué Hago?
Un comentario de parte de nuestra querida audiencia, es el siguiente: Estoy en el proceso de Asilo pero todavía no me lo han aprobado, no me han llamado en 4 años. ¿Qué puedo hacer?
Nuestra abogada Kate nos menciona: »Para las personas que están en el proceso de Asilo por muchos años eso puede pasar ya que es muy común en casos afirmativos y en casos defensivos.
Los casos afirmativos son para personas que entraron al país sin ser agarrados o que entraron con Visa y luego pidieron asilo con la oficina de asilo.
Los casos defensivos son para personas que están en proceso de deportación y están frente a un juez de inmigración, pero los dos tipos de trámites tardan mucho.
Tenemos casos en nuestra oficina de personas que han estado en el proceso de pedir asilo en la corte de inmigración por casi 10 años desde el 2012, y dependiendo de su situación es posible pedir un avance de su caso.
Si tu caso es afirmativo por ejemplo, y quizás tienes familiares en tu propio país que corren riesgo allí y tienes que terminar tu caso para poder traerlos contigo, ya en ese tipo de situación sería posible solicitar un proceso Expedite que movería tu caso más rápido, pero depende de las circunstancias y eso es algo que podríamos revisar en una consulta.»
En caso de que tengas preguntas adicionales sobre el Asilo Juvenil, Refugio, Visas Juveniles, o sobre tu caso específico, puedes contactarnos al (855) 502-0555. Después de una corta evaluación de 10 minutos de tu caso vía telefónica le daremos a conocer las opciones que tiene. Puede seguirnos también en nuestras redes sociales para no perderse de nuestras transmisiones semanales vía Facebook, YouTube y Twitch.